Aprobado por Consejo de Facultad, res. 3 del 06-04-2011.

PROGRAMA DE EDUCACIÓN PERMANENTE 

CONDICIONES PARA ACREDITAR INSTITUCIONES

La Facultad de Enfermería establece ciertos estándares que deben alcanzar las Instituciones para convertirse en una Institución Acreditada. Desde ese momento podrán desarrollar actividades que, bajo la supervisión de nuestra institución otorgarán créditos (aplicando el art. 8 de la Ordenanza de Posgrado. UR.)
Los mismos podrán ser serán reconocidos para el desarrollo de otras actividades de formación de posgrado en nuestra Institución.

Estándar 1. Debe existir una estructura de Enfermería (Departamento, Comité, Comisión, Unidad) responsable de los Programas de Educación del Servicio.
Estándar 2. Los coordinadores de cursos deberán poseer experiencia en el desarrollo de actividades educativas. En caso contrario, podrán disponer de asesoramiento pedagógico para la planificación y evaluación de programas de
educación.
Estándar 3. El Servicio de Educación deberá contar con un Programa de Educación que abarque al menos 2 años de trabajo. El Programa deberá explicitar los objetivos de la formación, la fundamentación (importancia de los temas seleccionados), la metodología educativa, carga horaria e indicadores de evaluación.
Estándar 4. La Programación de actividades del Servicio deberá incluir instancias de formación pedagógica para el personal que participa en calidad de docente en dichos programas. Estas actividades formativas podrán realizarse en el propio Servicio o en otros.
Las Instituciones que deseen postularse para su acreditación deberán presentar una solicitud dirigida a la Dirección de Posgrado, proporcionando la información referida en los estándares.
La solicitud será evaluada por la Comisión de Educación Permanente. Una vezaprobada, por Comisión Directiva de Posgrado, se elevará al Consejo de Facultad quien dará el aval para el desarrollo de actividades conjuntas. El Programa tendrá una duración de 2 años, luego de los cuales se efectuará una evaluación conjunta entre el Servicio formativo y el Servicio acreditado, que podrá originar nuevos períodos de acreditación.
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El modelo de acreditación toma como marco el estipulado por la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina. A su vez, este expresa basarse en los documentos de acreditación de instituciones educativas terciarias del Mercosur, la documentación de acreditación institucional de EMC del Accreditation Council for Continuing Medical Education (ACCME, EEUU), y la World Federation for Medical Education Task Force on Defining International Standards in Basic Medical Education.

CONDICIONES PARA ACREDITAR ACTIVIDADES

El Servicio acreditado podrá solicitar la acreditación de las actividades programadas. En cada caso, presentara un documento donde se detalle:
· Nombre de la actividad
· Objetivos: Deberán formularse en término de objetivos concretos y medibles para ser evaluados.
· Justificación de la temática: Los temas deberán responder a las necesidades de salud expresadas en las metas asistenciales, determinadas por el Servicio, los profesionales o ser resultado de diagnósticos de situación que incluyan
percepciones de usuarios y familiares. Las iniciativas deberán declarar si existe financiamiento por parte de la Industria, quien podrá patrocinar las actividades en forma explicita.
· Contenidos Educativos. Deberán estar referidos a temas propios de la disciplina. De acuerdo a las pautas establecidas por la CSEP se excluyen cursos de informática no aplicada y cursos de idiomas
· Metodología de enseñanza: Se jerarquizarán las metodologías interactivas: talleres, seminarios, situaciones problema, trabajos en pequeños grupos o metodologías educativas combinadas. Podrán ser desarrolladas
presencialmente, a distancia o en formato mixto.
· Cronograma: Se especificará el tiempo destinado a cada bloque de actividad, incluido el tiempo de evaluación.
· Docentes. Deberá presentarse la nómina de docentes participantes, adjuntando un curriculum abreviado.
· Indicadores de Evaluación: Tendrán correspondencia con los objetivos de la actividad y especificar los instrumentos empleados
La solicitud de acreditación de la actividad se realizará con al menos 30 días de anticipación.
El Programa será evaluado por la Comisión de Educación Permanente, con especial participación de docentes de la Cátedra que corresponda al área de conocimiento de la actividad en particular.
La Facultad otorgará los créditos que correspondan. Se designará un responsable para la actividad conjunta, quien deberá verificar que se cumpla con la planificación.
Finalizada la misma, la Facultad extenderá los certificados de participación o aprobación del curso, según corresponda; exclusivamente en este último caso se generan créditos.
Se cobrarán derechos universitarios, con el mismo criterio que las demás actividades de Educación permanente. Los rubros serán destinados al pago de horas de docentes de Facultad que cumplan el rol de evaluadores así como a la logística correspondiente (secretaria, papelería, otros).
La estimación se basa en el equivalente a:
· Cursos hasta 40 hs: 10 Unidades Reajustables.
· Cursos de 40- 80 hs.: 15 Unidades Reajustables.
· Cursos de mas de 80 hs.: 20 Unidades Reajustables.
Se agrega el porcentaje institucional estimado en un 20% del costo/curso.
El arancel correspondiente se depositará en la cuenta corriente BROU a nombre de Facultad de Enfermería, Centro de Posgrados.

JAIME CIBILS 2810, Tel. (5982) 487.00.44/ 487.00.50 Fax (5982) 481.16.99
Anexo: Avda. ITALIA S/Nº Hospital de Clínicas piso 3. Tel.(5982) 487.08.72 / Fax (5982) 487.69.67
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